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MARCO LEGAL

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Marco Legal de la Actividad Consular Dominicana.

La actividad consular de la República Dominicana se rige por un sólido marco jurídico diseñado para garantizar la protección de los nacionales, el cumplimiento de las políticas de Estado y el fortalecimiento de las relaciones internacionales. La Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior No. 630-16 constituye el pilar fundamental que define las funciones, responsabilidades y estructura del servicio exterior dominicano.

En su Artículo 30, esta ley establece las atribuciones específicas de las oficinas consulares, entre las que destacan la representación del Estado, la promoción de intereses económicos y culturales, la prestación de asistencia a connacionales y la salvaguarda de sus derechos, en estricto apego al Derecho Internacional.

Este marco legal se complementa con normativas internacionales como la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963), que regula privilegios, inmunidades y protocolos de actuación, asegurando coherencia con los estándares globales. Estos instrumentos jurídicos subrayan la obligación del Estado de brindar servicios consulares eficientes, transparentes y respetuosos de la dignidad humana.

Funciones Específicas y Deberes Institucionales.

La Ley No. 630-16 enfatiza en su Artículo 5 la importancia de la coordinación interinstitucional para articular políticas públicas que beneficien a la diáspora. Esto incluye la emisión de documentos de identidad, legalizaciones, asistencia en casos de emergencia y la promoción de iniciativas que vinculen a los dominicanos con su país de origen. Del mismo modo, el Artículo 31 detalla la responsabilidad de los funcionarios consulares en la gestión ética de recursos y en la implementación de mecanismos de rendición de cuentas, asegurando que cada acción se alinee con los principios de integridad y eficiencia.