Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio
DESCRIPCION
La República Dominicana a través de sus delegaciones consulares en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
La Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio es el acto notarial, donde un ciudadano manifiesta bajo Fe de Juramente que al momento de la Declaración es SOLTERO y además informa sobre dónde ha estado residiendo en los últimos dos años.
Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar DECLARACIONES JURADAS para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas, para que le tome la DECLARACION JURADA.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Declaraciones Juradas en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene)
- Documento de Identidad del DECLARANTE del país donde se encuentra (si tiene).
- Información precisa del estado civil y donde ha residido y reside en la actualidad.
- Un testigo.
TIEMPO DE OBTENCIÓN
Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
PRECIO
El importe es de: 45,00
OBSERVACIONES
- El servicio de Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio esta restringido a algunos países que por requerimiento de sus leyes, demandan este tramite a los ciudadanos dominicanos. Consultar en la Oficina Consular la utilización o no de este servicio en el país donde se encuentra el ciudadano.
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la oficina consular.
- En esta sección sólo se mencionan los Actos de Poderes más frecuentes. Cualquier otro tipo de poder será redactado atendiendo a la naturaleza del mismo.
- Las oficinas consulares dependiendo de las características específicas de cada acto notarial pueden pedir otros requisitos no numerados en el presente documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a practicar una Declaración Jurada de Estado Civil y Domicilio si dudan de la veracidad de las informaciones suministradas por el declarante o si la declaración no cuenta con todos los requisitos que exige la constitución de la República Dominicana y las leyes vigentes.
Formulario
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