Certificado de Parentesco
DESCRIPCION
La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos servicios de CERTIFICACIONES así como otros asuntos relacionados con la gestión consular, a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos servicios sean imprescindibles cuando deban ejecutarse bajo las leyes de la República Dominicana o de cualquier otro país.
El Certificado de Parentesco tiene el objetivo de dar FE sobre la relación biológica o legal entre un ciudadano dominicano y otro. Con frecuencia esta certificación es requerida cuando un ciudadano dominicano requiere demostrar a las instituciones de cualquier país que otro ciudadano es su pariente, dándose constancia del tipo de parentesco existente.
Los dominicanos y extranjeros que requieran realizar CERTIFICACIONES para que tengan efectos en la República Dominicana u otro país, pueden acudir a las oficinales consulares dominicanas para su gestión.
Todos los ciudadanos tienen derecho a gestionar Certificaciones en las oficinas consulares de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Acta de Nacimiento dominicana donde consta la relación de parentesco.
- Cédula dominicana (si la tiene).
- Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
TIEMPO DE OBTENCIÓN
Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
PRECIO
El importe es de: 15,00
OBSERVACIONES
- Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
- Deben presentarse las actas de nacimientos de todos lo involucrados: Por ejemplo si se trata de una relación de un tío con un sobrino, debe presentarse Acta de Nacimiento del TIO; Acta de Nacimiento de la MADRE o el PADRE del menor; y Acta de Nacimiento del MENOR.
- Si se trata de una relación legal, entones deberá mostrarse la Sentencia Judicial debidamente legalizada donde se establece el tipo de relación legal existente.
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la Oficina Consular.
- En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
- Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
- Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.
Formulario
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