Autorización Viajar con Menores
DESCRIPCION
La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos y de otras naciones servicios de NOTARIO PUBLICO a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.
Las autorizaciones para viajar con menores son aquellas que realizan ciudadanos que residiendo en el extranjero necesitan autorizar la salida o entreda a la República Dominicana, de sus hijos menores de 18 años de edad. Las autorizaciones deben ser realizadas directamente por los padres o representantes legales de los menores.
Todos los ciudadanos tienen derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana autorizaciones para que los menores puedan salir de la República Dominicana.
REQUISITOS
- Una fotografía reciente por cada menor, tamaño 5 x 5 centímetro, de fondo blanco, de frente, sin pendiente (incluye al sexo femenino y masculino), sin sonrisa, sin mueca, con el cabello recogido, y que se observen claramente los oídos.
- Original o copia del Acta de Nacimiento del o los menores.
- Cedula de Identidad y Electoral dominicana del AUTORIZANTE (si tiene).
- Pasaporte dominicano del AUTORIZANTE (si tiene).
- Documento de Identidad del AUTORIZANTE.
- Copia legible del documento de identidad del ATORIZADO y dirección permanente
TIEMPO DE OBTENCIÓN
Entre 10 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.
PRECIO
El importe es de: 30,00
OBSERVACIONES
- Si ambos padres viven en el extranjero es obligatorio que firmen la autorización de la salida de la República Dominicana.
- El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la Oficina Consular.
- El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la Oficina Consular.
- En esta sección sólo se mencionan los servicios más frecuentes. Cualquier otro tipo de servicio será abordado atendiendo a la naturaleza de la solicitud.
- Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
- Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a gestionar un servicio, si el personal consular duda de la utilidad para el ciudadano; si piensa que dicho servicio puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
Formulario
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